sábado, 28 de marzo de 2020

Protocolo de actuación sobre expedición de licencias de enterramiento


El Ministerio de Justicia nos ha trasladado hoy un nuevo protocolo aplicable a los funcionarios de Registros Civiles, y en su caso a los de Juzgados de Guardia que practiquen actuaciones en esta materia.  

Para los Juzgados de Paz establece que , con carácter general, se entenderá que el servicio esencial de Registro Civil relativo a la expedición de licencias de enterramiento que prestan los Juzgados de Paz, puede prestarse mediante disponibilidad o a distancia, en los términos expuestos en los apartados anteriores, sin perjuicio del resto de los servicios que debieran cubrir los funcionarios de estos órganos, debiendo en todo caso publicarse en lugar visible y accesible al público un teléfono de contacto para la atención de las inscripciones y licencias que deban ser expedidas fuera del horario habitual de  atención.

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