En el BOE del sábado 3 de ABRIL de 2021 se publicó la Orden JUS/317/2021,
de 17 de marzo, por la que se convoca concurso específico para la
provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial gestionado por
el Ministerio de Justicia, para los Cuerpos de Gestión Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial.
El plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo al modelo que figura en el Anexo II, es de DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el 3 de ABRIL de 2021 y se dirigirán a la Sra. Directora General para el Servicio Público de Justicia,
debiendo tener entrada en el Registro General del Ministerio de
Justicia. c/Bolsa nº 8, 28071, Madrid, o en la forma prevista en la
normativa de procedimiento administrativo vigente.
Os recordamos que el concurso específico la antigüedad es el 60% de la valoración final.
El 40% de la valoración restante se efectúa a través de los méritos específicos que figuran en la convocatoria,
mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las
otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración,
debiendo desecharse a estos efectos, la máxima y la mínima concedida o,
en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.
Podrán
participar los funcionarios de carrera pertenecientes a los cuerpos de
Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial, cualquiera
que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las
condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta
convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las
solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución
definitiva del concurso.
No podrán participar en el presente concurso los funcionarios de los citados Cuerpos que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación; los suspensos en firme, mientras dure la suspensión; y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
En
cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso
específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real
Decreto 1451/2005, no regirá la limitación establecida en el artículo
46.1 del mismo, de dos años naturales desde la obtención del último
destino, por lo que pueden participar en esta convocatoria quienes hayan obtenido plaza en el último concurso de traslados genérico, resuelto el pasado 19 de febrero.
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