martes, 8 de junio de 2021

Oferta de comisiones de servicio para órganos de nueva creación

 



En la página Web Web del Ministerio se publica la oferta de Comisiones de Servicio 2/2021 de plazas de los órganos de nueva creación que empezarán a funcionar el 30 de junio de 2021, concretamente el Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de Burgos, el Juzgado de lo Social nº 5 de Badajoz y el Juzgado de Mercantil nº 2 de Badajoz con sede en Mérida.


El plazo de presentación de solicitudes es de CINCO DÍAS HÁBILES que comienzan a contar al día siguiente de la publicación.

Los interesados deberán presentar sus solicitudes ajustadas al modelo que se adjunta como Anexo II de esta resolución. La misma deberá enumerar, por orden de preferencia, los puestos que solicitan.
 
Deberán remitirlo escaneado dentro del mencionado plazo al siguiente correo electrónico:  sociolaboral@mjusticia.es.
 
Junto con la solicitud se ha de acompañar el informe favorable del Letrado encargado en vuestro destino actual.

La selección del candidato y la consecuente adjudicación de la comisión de servicio se realizarán siguiendo el orden del escalafón y las preferencias fijadas por el solicitante en su instancia. 
 
Las solicitudes estarán condicionadas a la emisión de informe del responsable de la unidad o centro de destino de origen del funcionario. Si no se dispone del mencionado informe, se pasará al siguiente solicitante del que sí se disponga. Además, esta Subdirección pedirá la conformidad a la Comunidad Autónoma, cuando el funcionario tenga como destino una Comunidad distinta de las del ámbito del Ministerio

No se tendrán en cuenta las solicitudes de aquellos funcionarios que durante el procedimiento de resolución de estas comisiones de servicios obtuviesen destino mediante otro proceso de provisión.

Las comisiones de servicios de las plazas ofertadas en el Anexo I comenzarán el día siguiente a la entrada en funcionamiento de los nuevos juzgados, prevista para el 30 de junio de 2021, pudiéndose prolongar su duración hasta la adjudicación definitiva de dichas plazas mediante concurso de traslados o por funcionarios de nuevo ingreso. 

Los funcionarios seleccionados deberán presentarse en el destino en comisión asignado al día siguiente de su entrada en funcionamiento, salvo autorización por motivos debidamente justificados.

Los funcionarios que tomen posesión de estas comisiones de servicios conservarán su puesto de origen y tendrán derecho a la retribución complementaria del puesto que desempeñen hasta que se adjudique el puesto en el siguiente concurso que se convoque. En el momento de finalizar la comisión de servicios, el funcionario retornará a su puesto de origen siempre que no haya sido el adjudicatario de la plaza en el concurso.

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